Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, decide: SE OTORGA el BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO al penado ANGEL MANUEL VILERA GONZALEZ; venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-19.472.374, natural de San Juan de los Morros, estado Guárico, nacido el día 06-04-1991, de 25 años de edad, soltero, de oficio obrero, residenciado en la urbanización Rómulo Gallegos , sector la encenada, vereda N°31, casa N° 06, San Juan de los Morros, Estado Guárico, el cual deberá cumplir en el Centro de Residencia Supervisada "General Ezequiel Zamora", ubicada en av. Brito Figueroa, vía Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos; San Juan de los Morros, Estado Guárico. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el mo.....