III.
Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción de CUMPLIMIENTO DE COMODATO O PRESTAMO DE USO VERBAL interpuesta por la parte actora Ciudadano ROCO CAMACHO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-7.293.017, domiciliado y residenciado en la Calle Bolívar, casa N° 01, frente al preescolar, San Juan de los Morros del Estado Guárico, en contra de la excepcionada Ciudadano JOSÉ RAFAEL MARTÍNEZ CAMARGO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-13.573.825, domiciliado en la Calle Bicentenaria, anteriormente conocida como Calle Bolívar s/n, de la población de San José de Tiznados del Estado Guárico, sobre un inmueble ubicado en una parcela de terreno municipal de cu.....