Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA Y CÓMPUTO DE PENA, en la causa seguida en contra del penado DANNY JOSÉ COLMENAREZ, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, encabezamiento, 482 y 484, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 500 eiusden, quien fue condenado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de VIOLACIÓN, LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES y ROBO AGRAVADO, previstos y sancionados en los artículos 374, 413 y 458, todos del Código Penal y la accesoria aplicable, determinándose que cumple definitivamente la pena principal el 09 de mayo de 2021, salvo que redima la misma.A partir de las siguientes fechas, .....