DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA de la sentencia definitiva publicada el 19 de Septiembre del 2001 por el Juzgado Tercero para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, mediante la cual condenó a los ciudadanos Ivima López José Benjamín, Omar José Hernández Sabino, y Angel Luis Hernández plenamente identificados al comienzo de este fallo, a cumplir la pena de Doce años de presidio por la comisión del delito de Robo Agravado tipificado en el artículo 460 del código Penal ocurrido en perjuicio de Héctor Ramón Fajardo; y REPONE el proceso al estado de que se fije nuevamente la oportunidad procesal del Acto de Informes conforme al artículo 523 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, ante un Juez de Juicio de este Circuito Judicial Penal y verificado éste se proceda a dictar nueva sentencia. Se funda esta decisión en las disposiciones legales previstas en los artículos 1, 12, 16, 19, 190, 191, 195, 196, 523 ordinal 2º, 524 del Código Orgánico Pr.....