DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, a los ciudadanos LUÍS ANTONIO DÍAZ APONTE, JUAN CARLOS ESCALONA TORRES, JULIO ALVARADO RAMOS Y CARLOS RAMÓN JASPE, ampliamente identificados, por la presunta comisión del delito precalificado como LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416, en armonía con el artículo 413, ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ÁNGEL RAFAEL ESCOBAR RODRÍGUEZ; de conformidad con el artículo 256, ordinal 3°, del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara con Lugar la solicitud Fiscal y sin lugar la efectuada por la Defensa. SEGUNDO: Se acuerda el PROCEDIMIENTO ORD.....