Se declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los Abogados Griselda Ledezma y Juan Manuel Alvarez Arena, en la condición de defensores privados del acusado Carlos Luis Camero Jaramillo, contra la decisión dictada por el Juzgado 2° de Juicio, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Valle de la Pascua del 22 de diciembre del año próximo pasado. Por lo que en consecuencia se confirma el referido fallo. Se funda la presente decisión en los artículos 432, 433, 435, 436, 451, 452 ordinales 2, 3 y 4, 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.