DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expresados, este Juzgado Primero (1°) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, decreta: La ENTREGA O DEVOLUCIÓN del vehículo automotor, cuyas características son: marca: CHEVROLET, modelo: CORSA, año: 2002, color: VERDE, clase: AUTOMOVIL, tipo: COUPE, uso: PARTICULAR, serial de carrocería: 8Z1SC21Z22V329528, serial del motor: V329528, placas: DBN 35S, a favor de la solicitante, ciudadana HAIRA ROMÁN PÉREZ, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.488, ampliamente identificada en autos, en su condición de representante legal y apoderada, según poder autenticado que cursa del folio 68 al 69, de la ciudadana JANNELLY CAROLINA MARTÍNEZ RAMÍREZ (propietaria y única dueña del vehículo reclamado), de conformidad con lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en.....