Por los razonamientos antes expuestos, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL ESTADO GUÁRICO, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE EL SIGUIENTE PRONUNCIAMINETO: PRIMERO: Declara Con Lugar el pedimento formulado por la Vindicta Pública, por lo que Decreta el Sobreseimiento Definitivo de la causa seguida al ciudadano: ALEXIS RAFAEL CAMACHO LIMA, venezolano, de 14 años de edad, soltero, estudiante, natural de San Fernando de Apure, Estado Apure, nacido en fecha 29/04/1991, titular de la cédula de Identidad Nº 20.907.592, hijo de Gladis Lima (v) y de Manuel Camacho (v) residenciado en el Fundo El Caruto, Asentamiento Campesino Agua Verde, Jurisdicción del Municipio San Jerónimo de Guayabal del Estado Guárico, por la comisión del delito de Lesiones Personales Intencionales Leves, previsto y sancionado en el Artículo 416 de la Ley de Reforma Parcial del Código Penal, por no existir en los.....