.III.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la acción por Daños y perjuicios, intentada por el Ciudadano JOSÉ EDUARDO CAMERO HIGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.566.376, domiciliado en el edificio Juan Pablo II, apartamento N º2-7, ubicado en la Carrera 13, entre Calle 7 y 8, Casco Central de la Ciudad de Calabozo, Estado Guárico, en contra del accionado Abogado MIGUEL FELIPE MOLINA YEPEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.632.912, actuando en representación propia, con domicilio procesal en el Bufete de Abogados Molina y Asociados, Centro de Oficinas la Botica, Calle 5, entre Carreras 10 y 11, de la Ciudad de Calabozo, Estado Guárico. Se declara SIN LUGAR la apelación i.....