PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la apelación intentada por la parte actora Ciudadana AUREVIC CAROLINA TAVERA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, casada, T.S.U en Educación Preescolar, titular de la cédula de identidad N° 11.844.724, domiciliada en Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, representada por su apoderado judicial, Abogado CARLOS BORGES PEREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 30.785. Se CONFIRMA la decisión recurrida emanada del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Sala de Juicio, Juez Unipersonal N° 1, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 18 de Julio del año 2.005, que fija un 30% de un salario mínimo nacional como medida provisional de cumplimiento de la obligación alimentaria.
Publíquese, regístrese y déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito.....