DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: REDIMIR LA PENA por el tiempo de SEIS (06) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS, al condenado EDGARDO JOSE RUBIN MEDINA, venezolano, natural de Altagracia de Orituco-Estado Guárico, nacido el 13-06-1986, de 23 años, soltero, obrero, residenciado en la casa 53, Plural II, Calle Fidel Marín, Altagracia de Orituco, hijo de Carmen Alicia Medina Navas y Juan de Jesús Rubín y titular de la cedula de identidad N° V- 18.067.927, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Aragua (Tocoron), todo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 479, ordinal 1°, 507 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con los artículos 2, 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y e.....