Por las razones expuestas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MILAGROS VALENCIA DE AUDIINO (esposa) Extranjera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-821.362, MAURIZIO AUDIINO VALENCIA, VINCENZINA AUDIINO DE PARENTE, LIDIA AUDIINO VALENCIA y MARIO AUDIINO VALENCIA, (hijos) Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-13.540.028, V-8.623.012, V-8.624.534 y V-8.633.186, respectivamente, todos de este domicilio, del fallecido MARIANO AUDIINO INGLISA quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.630.357, quedando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el libro copiador. Devuélvase original con sus resultas a la interesada. Anótese su entrega en el Libro de solicitudes y compútese en la estadística del Tribunal. Cúmplase.
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