Por todos los razonamientos expuestos este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEDRO ZARAZA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en sede Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana OREANA VALENTINA D`ANNUNZIO CASTELLANOS venezolana, mayor de edad, soltera, titular de cedula de identidad Nº V-27.300.498, debidamente representada por su Apoderada Judicial Abogada NATYLKA LILA CABA VIETTRI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.248.477, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 87.351, domiciliada en la calle Camejo Farbòs, entre calle La Flores y Troconis, local 2, sector La Loma, de esta ciudad de Zaraza Estado guarico, solicitando la rectificación de la partida de nacimiento, la cual se encuentra insertada bajo .....