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DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada Ciudadano GEBRAIL ACHJIE, venezolano, mayor de edad, comerciante, propietario de la firma mercantil, Comercial Amín, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.233.259, con domicilio en la ciudad de Altagracia de Orituco, Calle José Martí, Casa S/N, entre las Calles Sucre y Bolívar, Municipio José Tadeo Monagas, Estado Guárico, a través de sus Apoderados Judiciales Abogados SANTIAGO JOSÉ VILERA y FRANK REINALDO TORRES SIERRA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 47.537 y 35.926, respectivamente. Se CONFIRMA el fallo dictado por el Juzgado Accidental Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Trans.....