DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD a la ciudadana ELBA RUFINA CADENAS, ampliamente identificada en autos, por la presunta comisión del delito precalificado como OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, todo de conformidad con los artículos 44, 49, ordinales 1° y 2°, ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 281, 282, 1°, 8°, 9°, 12° y 256, ordinal 3° y 4°, todos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara Sin Lugar la solicitud de Privación Judicial Preventiva de Libertad, efectuada por el Minist.....