DISPOSITIVA:
El Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: 1) Califica como Flagrante la Aprehensión del ciudadano GERONIMO RAMON DIAZ ARISMENDI, a tenor de lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. 2) Decreta la Medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad al ciudadano GERONIMO RAMON DIAZ ARISMENDI, venezolano, nacido en fecha 03-07-82, de 28 de años de edad, natural de San Juan de Los Morros, Estado Guárico, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.681.887, residenciado en la Urbanización Rómulo Gallegos 2, sector el recreo, casa sin numero, por encontrarse llenos en su contra los supuestos del artículo 250 y 251 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Pe.....