Con fuerza en la motivación que antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Guárico, administrando justicia y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: ADMITE y declara CON LUGAR la inhibición planteada por la abogada Liliana Obregón Salas, en su condición de Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, sede San Juan de los Morros, de conocer la causa signada con el alfanumérico JP01-P-2017-004233, seguida en contra de los ciudadanos Luis Alejandro Granadino, Cristian Jesús Bardallo Laya y Adrián Arturo Ralchell Hernández Torres, titulares de las cédulas de identidad Nº V-27.665.476, V-24.330.391 y V-23.952.192, respectivamente; con fundamento en los artículos 89.7 y 90 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la remisión de la presente incidencia a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, sede San.....