la Ley del Trabajo y el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicable este último conforme a lo preceptuado en el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado HOMOLOGA la transacción celebrada por las partes, por la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. f. 45.000,oo), con aceptación de la demandante. La citada cantidad resulta previa deducciones recibidas oportunamente por la actora, y constituye la indemnización por el desempeño como chofer al servicio de la accionada y los conceptos allí expuestos atendiendo a la Ley Orgánica del Trabajo, el vigente Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y al libelo que se da aquí por reproducido admitido en su oportunidad legal, reconocido por el accionante como pago pendiente por esos conceptos reclamados, por lo que se ordena el cierre y archivo del expediente transcurrid.....