Seguidamente la PARTE DEMANDADA, quien luego de darse por notificado en el asunto, a los fines de dar por terminado el presente juicio, ofrece pagar a la actora en la siguiente forma: A la ciudadana AURA MARINA MEZA ESCALONA, la cantidad de Bs.2.000,oo. A la ciudadana MAYRA ALEXANDRA PÉREZ ESCALONA la cantidad de Bs.1.000,oo. y a la ciudadana MARIANNY DEL VALLE ALBER GONZÁLEZ, la cantidad de Bs.1.000,oo, lo que sumado hace un TOTAL de CUATRO MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.f. 4.000,oo fuertes actuales). El pago se verificará el día miércoles 13 de julio de 2011 por ante la sede de este circuito en horas de despacho con aceptación de la parte demandante. La citada cantidad resulta previa deducciones recibidas oportunamente por la actora, y constituye las Prestaciones Sociales, tales como la indemnización de antigüedad, vacaciones vencidas, fraccionadas, utilidades, el tiempo de servicio, bono alimentación confor.....