este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos DIOGENES MEJIAS, VICTOR GUARURO, JOSÉ MENDOZA, PEDRO RUIZ y LUIS MENDIBLE, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad número V.-11.630.544, V.-8.797.852, V.-12.899.272, V.-8.558.620, V.-8.804.861, respectivamente, representados judicialmente por los profesionales del derechos, ciudadanos MARÍA CAROLINA LEAL PERDOMO, SAÚL LEDEZMA y ALECIO JOSÉ VALERI MARTÍNEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad números V.-13.153.684, V.-2.398.927 y V.-9.947.992, e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 115.405, 7.562 y 101.365, respectivamente, rep.....