DISPOSITIVO
Con fundamento en las razones de hechos y de Derecho explanadas en la parte motiva del presente fallo y con la convicción de que el mismo tutela efectivamente en justicia los derechos de los justiciables; este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, con sede en Valle de la Pascua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación planteada por el abogado CAYETANO GUILLEN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.530, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MIGUEL RAFAEL BALZA BENITEZ, en contra de la Capacidad subjetiva del ciudadano Juez RICHARD HERRERA GOMEZ, en su condición de Juez Provisorio del Tribunal Quinto de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, sede Valle de la Pascua y de los funcionarios Abogado AYBEL GONZALEZ, titular de la cedula de i.....