REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de abril de dos mil veintiséis (2026)
216º y 167º

Visto que consta en autos la última de las notificaciones del auto de admisión de pruebas y estando en la oportunidad procesal de evacuarlas, este Juzgado de conformidad con lo ordenado en el mencionado auto el cual fue dictado en fecha cinco (05) de marzo de dos mil veintiséis (2026), oficia al TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUÁN Y SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, a los fines de que realice la evacuación de las testimoniales a los ciudadanos CARLOS PATRICIO RAMÍREZ QUINTANA (Cédula de Identidad Nº V-12.475.082), BRAYATH NEOMAR NAVAS MOLINA (Cédula de Identidad Nº V-31.381.645) y LUIS GABRIEL BRITO RAYA (Cédula de Identidad Nº V-30.290.426). Asimismo se ordena notificar a la empresa estadal AGROGUÁRICO POTENCIA S.A., a los fines de que remita a este Tribunal la prueba de informe acordada. Líbrese oficios.
La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria




Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.





Exp. Nº JP41-G-2025-000034
NCQV/DDBS/ysmv