REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Guárico
Calabozo, veinte (20) de abril de dos mil veintiséis (2026)
215º y 167º
ASUNTO Nº JP61-L-2025-000129
Visto los escritos de pruebas presentados por el Profesional del Derecho JAIRO JOSE LOZADA ANDRADE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 313.911, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, ciudadana MARVY BURGUILLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. V.- 10.539.322, por una parte, y por la otra, los Profesionales del Derecho EVELYN DE JESUS VILLAVICENCIO VILLAVICENCIO y HENRY FERNANDO MONTANARI MARTIN, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 82.365 y 136.904, en su carácter de Apoderado Judicial de la demandada de autos, Entidad de Trabajo AGROPECUARIA KIANA, C.A., respectivamente; este Tribunal, estando dentro de la oportunidad procesal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a pronunciarse en los siguientes términos:
PARTE ACTORA
CAPITULO I
DE LAS TESTIMONIALES
Promueve, las declaraciones testimoniales de los ciudadanos JOSE LUIS RODRIGUEZ PEÑA, RENDERLI ZENAIRY BURGUILLOS SANZ, AUGUSTO JOSE MEDIOLA GUERRA, JOSE GREGORIO COLON ESCOBAR, RAUL ANTONIO MACHADO CARRASQUEL y ALEXANDER RAFAEL GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 14.539.106, V.- 30.306.027, V.- 23.569.006, V.- 8.626.623, V.- 9.595.671 y V.- 14.238.678, respectivamente, cuyas copias simples de las referidas cédulas de identidad, cursan a los folios 103 al 105 de los autos . Al respecto, este Tribunal las ADMITE en cuanto a lugar en derecho, debiendo la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el Artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentar a los testigos, sin necesidad de notificación alguna, el día y la hora de la Celebración de la Audiencia Oral y Pública de Juicio. Y así se establece.
CAPITULOII
DE LOS INFORMES
1.- Solicita, se oficie a la Entidad Bancaria Banco Mercantil Banco Universal, ubicado en la carrera doce entre calles 12 y 12A. Casco Central de la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, a los fines de que INFORME sobre los siguientes particulares:
1.1.- Si en su base de datos se encuentra registrada una cuenta bancaria a nombre de la ciudadana MARVY BURGUILLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. V.- 10.539.322, Cuenta Ahorro Nº. 0105-0109-1101-0935-6969 y si se encuentra activa.
1.2.- los depósitos recibidos en la cuenta bancaria a nombre de la referida ciudadana en los meses de abril, mayo, junio y julio de dos mil veinticinco (2025). Así mismo, señalar el origen de quien realizaba los pagos y su respectiva descripción.
1.3.- Si fueron recibidos en la cuenta bancaria de la referida ciudadana, e indique el nombre de la persona natural y/o jurídica, así como, el número de cuenta que realizo, los depósitos siguientes:
a.-) Fecha: 22/12/2023, por la cantidad de; treinta y tres mil cuatrocientos noventa y nueve bolívares con cuarenta y cuatro céntimos (33.499,44 Bs.).
b.-) Fecha: 16/12/2022, por la cantidad de; trece mil seiscientos noventa y cinco, con seis céntimos (13.695.06).
Al respecto, este Tribunal, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las ADMITE en cuanto a lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Líbrese oficio. Y así se establece.
2.- Solicita, se Oficie se oficie a la Fiscalia Segunda de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, ubicado en la carretera nacional vía San Fernando de Apure, frente al Club San Marcos, sede del Ministerio Publico de la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, a los fines de que informe, sobre los siguientes particulares:
2.1. Si en su base de datos se encuentra registrada un expediente Nº. MP-126638-2025, donde configura de víctima, la ciudadana MARVY BURGUILLOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. V.- 10.539.322.
2.2. Si en dicha causa fue impuesto de una medida de protección contra el agresor, ESTEBAN JOSE ARTEGA, titular de cedula, V- 12,737.540.
2.3.- Que remita a este Juzgado copia certificada del expediente Nº MP-126638-2025.
Al respecto, pretende el promovente demostrar el salario devengado por la trabajadora, el cual según sus dichos demuestran de forma detallada el pago efectuado por los codemandados de autos; en tal sentido, este Tribunal advierte al diligenciante que la demostración del salario, corresponde a los medios probatorios ordinarios del proceso laboral, suficientes para su determinación, por tanto, se INADMITE de conformidad con el articulo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por resultar como en efecto resulta inconducente e innecesaria. Así se establece.
CAPITULO III
DE LAS DOCUMENTALES
Promueve, marcadas con las letras “A”, “B”, “C” y “D”, contentivo de Poder Laboral debidamente notariado por ante la notaria Pùblica de Calabozo, registrado bajo el Nº 18, Tomo 20, inserto a los folios 99 y 102 de los autos de la primera pieza del presente asunto.
Promueve, marcados con las letras “H”, “I”, “J”, “K”, “L”, “M”, “N” y “Ñ”, legajos de Detalles de Cuenta de Ahorro de fecha 01/08/2025, inserta a los folios 106 al 117 de los autos de la primera pieza del presente asunto.
Promueve, marcado con la letra “S”, Liquidación de Vacaciones, y documental marcada con la letra “T”, y marcada con la letra “U” copia simple de Tipo de Cambio de Referencia de fecha Viernes, 16 de diciembre de 2022, inserta a los folios 118 al 120 de los autos de la primera pieza.
Promueve, marcado con la letra “V”, documental inserto al folio 121 de los autos de la primera pieza.
Promueve, Organigrama de fecha 18 de julio de 2022, inserto al folio 122 de los autos de la primera pieza.
Promueve, marcado con la letra “W”, Liquidación de Vacaciones, y documental marcada con la letra “X”, y marcada con la letra “Y” copia simple de Tipo de Cambio de Referencia de fecha Viernes, 22 de diciembre de 2023, inserta a los folios 123 al 125 de los autos de la primera pieza.
Promueve, documental inserto al folio 126 de los autos de la primera pieza.
Promueve, Marcado “1” Nomina Roster de Personal de fecha 06 de diciembre de 2023, inserto al folio 127 de los autos de la primera pieza.
Promueve, Marcado “2” Notificación de fecha 17 de julio de 2025, inserto al folio 128 de los autos de la primera pieza.
Promueve, Marcado “3” Boleta de Notificación dirigida a la ciudadana MARVY BURGUILLOS HERNANDEZ, inserto al folio 129 de los autos de la primera pieza.
Promueve, Marcado “4” Carnet de Agropecuaria Kiana a nombre de la ciudadana MARVY BURGUILLOS HERNANDEZ, inserto al folio 130 de los autos de la primera pieza.
Al respecto, este Tribunal, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las ADMITE en cuanto a lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Y así se establece.
CAPITULO IV
PRUEBA DE EXHIBICION
Solicita, de conformidad con el artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Exhibición de los Libros de Horas Extraordinarias, asi como, Libros de Días Feriados y Días de Descanso y Libro de Registro de Vacaciones, desde el quince de julio de dos mil nueve (2009) hasta el dieciocho de julio de dos mil veinticinco (15-07-2009 hasta 18-07-2025 ). Al Respecto, este Tribunal las ADMITE de conformidad con el artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, ordena a la demandada de autos, exhibir en la audiencia oral y pública de juicio, las referidas documentales. Así se establece.
PARTE DEMANDADA
MÈRITO DE AUTOS
Referente al mérito de autos, ha sido establecido por innumerables sentencias, que este no es un medio de prueba propiamente dicho; sino que, es una invocación al Principio de la Comunidad de la Prueba que rige el Sistema Probatorio Judicial Venezolano. Así se establece.
DE LAS DOCUMENTALES
Promueve marcadas con el número “1” legajo Contentivo; Escrito de Certificación de Copias, emitidas por el Inspector del Trabajo, del Expediente Nº 011-2025-01-00067, de fecha 01-08-2025, Escrito Dirigido ala Inspector del Trabajo de Calabozo, Estado Guarico en fecha 21-07-2025, Cedula de Identidad Nº V-10.539.322, Carnet de Identificación, emitido por Agropecuaria KIANA C.A., Notificación de Despido de fecha 17-07-2025, Recibo de Pago de fecha 13-06-2025, Auto de Admisión por parte de la Inspectoria del Trabajo, de Calabozo en fecha 21-07-2025, Acta de fecha 28-07-2025, Poder Apud-Acta de fecha 29-07-2025, Diligencia ante la Inspectoria del Trabajo de la Ciudad de Calabozo de fecha 30-07-2025, planilla Única Bancaria, Poder Especial, Nota de Autenticación, de fecha 29-07-2025, Cedulas de Identidad Nº V- 4.350.478, Escrito dirigido a la Inspectoria del Trabajo, de fecha 31-07-2025, Diligencia de fecha 01-07-2025, insertas en los folios 18 al 35 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con el número “2” Planilla de Constancia de Registro, insertas en los folios 36 y 37 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con el número “3” Estado de cuenta del Ahorrista Fondo de Ahorros Obligatorios para la Vivienda (FAOV), insertas en los folios 38 al 43 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con el número “3A” Recibo de Anticipo de Prestaciones, de fecha 06-08-2018, impresión de una Transferencia Bancaria a Terceros Mercantil, Solicitud de Adelanto de Prestaciones, de fecha 03-08-2018, inserta en los folios 44 al 47 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con el número “4” Recibo de Anticipo de Prestaciones, de fecha 20-06-2019, Impresión de una Transferencia Bancaria a Terceros Mercantil de fecha 20.-07-2019, Solicitud de Adelanto de Prestaciones, de fecha 20-07-2019, inserta en los folios 48 al 50 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con el número “5” Recibo de Anticipo de Prestaciones, de fecha 20-08-2019, Impresión de una Transferencia Bancaria a Terceros Mercantil de fecha 20.-08-2019, Solicitud de Adelanto de Prestaciones, de fecha 26-08-2019, inserta en los folios 51 al 53 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con el número “6” Recibo de Anticipo de Prestaciones, de fecha 02-09-2019, Impresión de una Transferencia Bancaria a Terceros Mercantil de fecha 02.-09-2019, Solicitud de Adelanto de Prestaciones, de fecha 02-09-2019, inserta en los folios 54 al 56 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con el número “7” Recibo de Anticipo de Prestaciones, de fecha 13-11-2019, Impresión de una Transferencia Bancaria a Terceros Mercantil de fecha 12.-11-2019, Solicitud de Adelanto de Prestaciones, de fecha 12-11-2019, inserta en los folios 57 al 59 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con el número “8” Solicitud de Anticipo de Prestaciones, de fecha 28-11-2019, Recibo de Anticipo de Prestaciones, de fecha 27-11-2019, Impresión de una Transferencia Bancaria a Terceros Mercantil, inserta en los folios 60 al 62 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con el número “9” Solicitud de Anticipo de Prestaciones, de fecha 20-12-2019, Impresión de una Transacción Banca en Línea Empresas, de fecha 20-12-2019, Recibo de Anticipo de Prestaciones, de fecha 27-12-2016, inserta en los folios 63 al 65 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con el número “10” Solicitud de Préstamo, Recibo de Anticipo de Prestaciones, de fecha 03-03-2020, Impresión de una Transferencia Bancaria a Terceros Mercantil, inserta en los folios 66 al 68 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “11” Liquidación y Pago Utilidades de fecha, 21-10-2009, inserta en el folio 69 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con el número “12” Recibos de Pago, de fecha 18-11-2010, inserta en los folios 70 al 73 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve documentales marcada con el número “13” insertas en los folios 73 al 76 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve documentales marcada con el número “14” insertas en los folios 78 al 80 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “15” Movimientos de la Entidad Mercantil en Línea Empresas, de fecha 14-11-2013, inserta en los folios 81 al 82 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve documentales marcada con el número “16” insertas en los folios 83 al 88 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “17” Recibos de Pagos de fechas; 18-11- 2015, 01-12-2015, Nota de Debito de fecha 13-11-2015, Editor de Lotes de Mercantil en Línea Empresas, de fecha 13-11-2015, Informe de Liquidación emitido por AGROPECUARIA KIANA C.A., de fecha 01-01-2015 al 31-01-2015, insertas en los folios 89 al 98 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con los números “18”, “19”, “20A”, “20B”, “21”, “22”, Recibos de Pagos de fechas; 10-11-2016, 02-11-2017,26-11-2018, 09-11-2018, 28-10-2018, 29-10-2020, insertas en los folios 99 al 104 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “23” Transf. Egreso de fecha 12-.11-2021, Editor de Lotes emitidos por la Entidad Bancaria Mercantil en Línea Empresas de fecha 12-11-2021, Nomina Utilidades de fecha 12-11-2021, insertas en los folios 105 al 110 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve documentales con el número “23A” insertas en los folios 111 al 116 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve documentales con el número “24” insertas en los folios 117 al 122 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve documentales con el número “25”, “26” insertas en los folios 123 al 132 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve documentales con el número “27”, “27C”, “27D”, “27E”, insertas en los folios 123 al 132 de la segunda pieza del presente asunto, insertas en los folios 133 al 141 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “28” Recibo de pago de fecha 15-07-2009, comprobante de egreso de fecha 11-02-2011, inserta en los folios 142 al 143 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “29” Recibo de pago de fecha 17-08-2012, comprobante de egreso de fecha 17-08-2012, inserta en los folios 144 al 145 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “30” Recibo de pago de fecha 23-08-2013, comprobante de egreso de fecha 23-08-2013, inserta en los folios 146 al 147 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “31” Recibos de pagos de fecha 18-08-2014, comprobante de egreso de fecha 15-08-2014, inserta en los folios 148 al 149 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “32” Recibo de pago de fecha 15-09-2016, inserta en los folios 150 al 153 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “33” Recibos de pagos de fecha 13-12-2017, inserta en a los folios 154 al 155 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “34” Recibos de pagos de fecha 14-12-2018, inserta en los folios 156, de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “35” Recibos de pagos de fecha 16-12-2019, insertas en a los folios 157 al 158 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “36” Recibos de pagos de fecha 14-12-2020, Contrato de Servicio de Pago de Nomina de fecha 27-11-2009, insertas en a los folios 159 al 161 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “37”, “38” Bloc de notas, de fechas 16-12-2022 y 22-12-2023, insertas en a los folios 162 al 163 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “39” Recibo de pago de fecha 27-12-2024, inserta en el folio 164 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcadas con los números “40” al “60” Recibos de pagos desde la fecha 10-05-2024 al 26-06-2025, insertas en los folios 165 al 175 de la segunda pieza del presente asunto.
Promueve marcada con el número “61” Constancia de Trabajo de fecha 07-04-2025, inserta en el folio 176 de la segunda pieza del presente asunto.
Al respecto, este Tribunal, por cuanto la misma no es manifiestamente ilegal ni impertinente, la admite en cuanto a lugar en derecho
DE LAS TESTIMONIALES
Promueve, las declaraciones testimoniales de los ciudadanos REYNALDO JOSE HERMOSO MANUITT, LAURA PORTE HIDALGO, ESTEBAN JOSE ARTEAGA, LAURA TORREALBA BARRIENTOS y DAYANA GORDURAT TABARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V.- 13.143.071, V.- 8.634.728, V.- 12.737.540, V.- 25.851.197 y V.- 12.990.144, respectivamente. Al respecto, este Tribunal las ADMITE en cuanto a lugar en derecho, debiendo la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentar a los testigos, sin necesidad de notificación alguna, el día y la hora de la Celebración de la Audiencia Oral y Pública de Juicio. Y así se establece.
DE LOS INFORMES
1.) Solicita, se Oficie a la Superintendencia Nacional de Gestión Agroalimentaria (Sunagro), Organismo Adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Alimentación, a los fines de que REMITA el historial de movimientos de Recepción y Despacho de la empresa AGROPECUARIA KIANA, C.A J-002073381 a través del Sistema Integral de Control Agroalimentario:
PRIMERO: Durante los periodos 01 de Enero 2023 al 31 de Diciembre 2023
SEGUNDO: Durante el periodo 01 de Enero 2024 al 31 de Diciembre 2024
TERCERO: Durante el periodo 01 de Enero 2025 al 30 de Junio 2025.
Al respecto, este Tribunal, por cuanto la misma no es manifiestamente ilegal ni impertinente, la ADMITE en cuanto a lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Líbrese oficio. Y así se establece.
2.) Solicita, se Oficie a la Entidad Bancaria Banco Mercantil. C.A, Banco Universal, a los fines de que Informe Si ha recibido órdenes de pago por parte de la empresa AGROPECUARIA KIANA, C.A. para que a través del Sistema Bancario denominado TXT realizara los pagos al cual ha hecho referencia en los numerales 12, 13, 14, 16, 23-A, 24, 26 y 26-B, 27, 27C, 27D, 27E, 37A y 38.
2.1) Si existe Contrato firmado con AGROPECUARIA KIANA, C.A,, para el Servicio de Pago de Nómina Sector Privado.
Al respecto, este Tribunal, por cuanto la misma no es manifiestamente ilegal ni impertinente, la ADMITE en cuanto a lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva; no obstante, se advierte al diligenciante que aún y cuando, conste en autos la información utilizada como referencia, en documentales, subrayadas y marcadas con numerales, en lo sucesivo deberá señalar los datos concernientes para requerir dicho informe. Líbrese oficio. Y así se establece.
3.) Solicita, se Oficie al Ministerio del Poder Popular para la Educación, a los fines de que INFORME Si la ciudadana MARVY BURGUILLOS DE HERNANDEZ, venezolana, cédula de identidad Nº V-10.539.322, presta servicio o labora en la Unidad Educativa Liceo Alejandro Humboldt de la ciudad de Calabozo, o en su defecto si prestó servicio y en qué periodo específicamente prestó servicio para esa unidad Educativa.
Al respecto, este Tribunal, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, las ADMITE en cuanto a lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Líbrese oficio. Y así se establece.
LA JUEZA;
ABG. DAYRIS RODRIGUEZ
LA SECRETARIA;
ABG. NAYIBE QUIÑONES
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