REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, tres (03) de agosto de dos mil veintiséis (2026)
216º y 167º


Visto que en fecha trece (13) de febrero de dos mil veintitrés (2023) fue designada por Comisión Judicial Nº 0466, la abogada NEYLA CAROLINA QUINTANA VENTURA, (Cédula de Identidad Nº V-13.150.725), y juramentada en fecha doce (12) de diciembre de dos mil veintitrés (2023) en la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, como Juez Provisoria del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, es por lo que, la referida ciudadana tomo posesión en el cargo de Juez Provisoria y se ABOCA al conocimiento de esta causa, en el entendido que ha partir de la presente fecha, exclusive, comenzará a transcurrir el lapso de cinco (05) días de despachos, previsto en el articulo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.451 del 22 de junio de 2010, a los fines de que las partes puedan hacer uso del derecho consagrado en dicha norma. Una vez vencido dicho lapso, la causa reanudará su curso al estado en que se encuentra. Es todo.-
La Juez,


Abg. NEYLA C. QUINTANA V.


La Secretaria,


Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.




Exp. JE41-G-2005-000013
NCQV/DDBS/ysmv