REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, tres (03) de agosto de dos mil veintiséis (2026)
216º y 167º

Visto que en fecha veintitrés (23) de julio de dos mil veintiséis (2026), este Juzgado se pronunció respecto a las pruebas promovidas por la abogada Grace Matilet RODRÍGUEZ DE GONZÁLEZ (INPREABOGADO Nº 48.662), actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano JOSÉ ALÍ MENDOZA TORRES (Cédula de Identidad Nº V-15.867.543), contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (CICPC), y a su vez se ordeno la notificación de la Procuraduría General de la República. En consecuencia, este Juzgado se acuerda librar los oficios respectivos de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese Oficios.-

La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria.


Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.






Exp. JP41-G-2025-000061
NCQV/DDBS/djmr