REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veinticuatro (24) de febrero de dos mil veintiséis (2026)
215º y 166º
Visto que en fecha veintitrés (23) de febrero de dos mil veintiséis (2026), se recibió ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado, diligencia suscrita por la abogada Belkys FIGUERA CARPIO (INPREABOGADO Nº 61.267), mediante la cual solicitó: “…se me expida copias certificada de los folios 110 al 123 y vueltos insertos en el presente asunto, de la presente diligencia y del auto que la acuerde…”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos necesarios, la certificación de las referidas copias por cuanto constan en original en el expediente.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. Nº JP41-G-2025-000071
NCQV/DDBS/ysmv