REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cuatro (04) de febrero de dos mil veintiséis (2026)
215º y 166º

ACTA
DE AUDIENCIA DEFINITIVA

Siendo que el día, martes tres (03) de febrero de dos mil veintiséis (2026), a las once en punto antes meridiem (11:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar la Inspección Judicial acordada en fecha veinte (20) de enero de 2026, de conformidad con lo establecido en el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, norma supletoria aplicable, en el presente Recurso de Nulidad, (asunto JP41-G-2025-000063) interpuesto por el abogado Miguel José Riani Ponce (INPREABOGADOS Nº 103.333) actuando en su carácter de apoderado Judicial de la empresa TRANSPORTE MUNDO NUEVO C.A, en contra de la CAMARA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA del estado Bolivariano de Guárico. Se deja constancia que ninguna de las partes compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial, en virtud de lo cual, siendo que es carga de la parte promovente el traslado para llevar acabo la aludida evacuación. En consecuencia, este Juzgado Superior declara DESIERTA la presente inspección Judicial. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA VENTURA

La secretaria,


Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.

Exp. JP41-G-2025-000063
NCQV/DDBS/Ezr