REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciséis (16) de julio de dos mil veintiséis (2026)
216º y 167º
De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha veintisiete (27) de febrero del año dos mil nueve (2009), ese Juzgado declaró: “CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA”. Todo ello relacionado con el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana PASTORA GARCÍA DE PERALTA (Cédula de Identidad Nro. V-4.200.595), debidamente asistida por los abogados Ramón Alberto PÉREZ TORRES e INGRID JOSEFINA GONZÁLEZ GÓMEZ (INPREABOGADO Nrosº 16.278 y 50.260 respectivamente), contra el MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA (MINFRA), ahora bien por cuanto contra el aludido fallo no se interpuso recurso alguno, este Órgano Jurisdiccional declara DEFINITIVAMENTE FIRME; la sentencia antes mencionada y no quedando nada pendiente por ejecutar declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente constante de una pieza principal contentiva de ochenta y un (81) folios útiles, y un pieza de antecedentes administrativos contentiva de diecinueve (19) folios útiles.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. JP41-G-2004-000026
NCQV/DDBS/djmr