REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diez (10) de junio de dos mil veintiséis (2026)
216º y 167º
Visto que en fecha diez (10) de marzo de dos mil veintiséis (2026), este Tribunal ordenó notificar a CLAUDINA DEL VALLE BRICEÑO AGUANA ampliamente identificada en autos, de la sentencia de fecha tres (03) de marzo de 2026, donde se declaró“…EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL…”, enla presente Demanda de Contenido Patrimonial y siendo que en fecha nueve (09) de junio de dos mil veintiséis (2026), la referida notificación fue consignada de manera infructuosa, según consta en autos del expediente Judicial.
Ahora bien, por cuanto se evidencia que la notificación de la respectiva boleta resultó infructuosa, se ordena librar nueva boleta de notificación dirigida ala ciudadana antes mencionada a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Tribunal. Líbrese boleta.-
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. Nº JE41-G-2005-000003
NCQV/DDBS/ Eloh