REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de junio de dos mil veintiséis (2026)
216º y 167º

Vista la diligencia de fecha veintiocho (28) de mayo de dos mil veintiséis (2026), mediante la cual la abogada Josmary BETANCOURT (INPREABOGADO Nº 271.499) con el carácter de abogada de la Procuraduría General de la República apeló de la sentencia Nº PJ0102026000025, dictada por este Juzgado el veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiséis (2026), en la que declaró CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los ciudadanos PASTOR ROJAS JHOAN ALEXANDER, MACHADO ARCIA CARMELINA, CARRILLO RAMOS CARLOS JOSÉ, LÓPEZ GONZÁLEZ DANNY DANIEL, RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ ALBERTO RAFAEL e INFANTE JORGE LUIS (Cédulas de Identidades Nros V-20.073.809, V-28.176.645, V-29.945.636, V-31.305.538, V-27.541.467 y V-22.615.127, respectivamente), asistido por el abogado Dionisio Antonio GÓMEZ (INPREABOGADO Nº 82.007), contra la POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA (PNB).
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida, por tanto, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de Los Juzgados Nacionales Primero y Segundo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital como órgano ad quem, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio respectivo.
La Jueza,

Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,


Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.




Exp. Nº JP41-G-2025-000019
NCQV/DDBS/ysmv