REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de junio de dos mil veintiséis (2026)
216º y 167º


Consignado como ha sido el expediente disciplinario relacionado con el presente asunto. En consecuencia de conformidad con el artículo 108 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se da inicio al lapso para dictar sentencia el cual será dentro de los diez (10) días de despachos siguientes a la presente fecha inclusive.

La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.


La Secretaria,



Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.









Exp. Nº JP41-G-2025-000015
NCQV/DDBS/ysmv