REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, doce (12) de marzo de dos mil veintiséis (2026)
215º y 167º
Recibido como ha sido el Expediente signado con el Nº JP41-G-2023-000061 en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) en fecha once (11) de marzo del presente año, mediante oficio Nº JNSCARC-2026-000063 proveniente del Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, de fecha doce(12) de febrero de dos mil veintiséis (2026), relacionado con el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano DIOGENES ALEXANDRO BANDRES RONDON, (Titular de la Cedula de Identidad Nº V-15.063.889) en contra del INSTITUTO AUTONOMO DE POLICÍA DEL ESTADO GUARICO; remisión que se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha veintinueve (29) de enero de dos mil veintiséis (2026), mediante la cual se pronunció sobre el Recurso de Apelación ejercido, declarando “…DESISTIDO el Recurso de Apelación.”(Mayúsculas y negrillas del Texto). En consecuencia este Órgano Jurisdiccional declara DEFINITIVAMENTE FIRME; la sentencia antes mencionada y ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes. Dicho expediente está conformado por una (01) pieza principal, constante de ciento ocho (108) folios útiles.
La Jueza,
Abg. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. JP41-G-2023-000061
NCQV/DDBS/djvf