REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cuatro (04) de marzo de dos mil veintiséis (2026)
215º y 167º
Visto que en el presente asunto se encuentra vencido el lapso de evacuación de pruebas, este Tribunal da inicio al lapso de cinco (05) días de despacho para presentar informes, contados a partir de la presente fecha inclusive, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. Nº JP41-G-2025-000071
NCQV/DDBS/ysmv