REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diecinueve (19) de mayo de dos mil veintiséis (2026)
216º y 167º


Visto que en el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los abogados Grace Matileth RODRIGUEZ DE GONZALEZ y Maidana del Carmen MENDOZA TORRES (INPREABOGADO Nros 48.662 y 172.130), actuando en el carácter de apoderados judiciales del ciudadano JOSE ALI MENDOZA TORRES (Cédula de Identidad Nº V-15.867.543) contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICA (CICPC), fueron cumplidas todas las notificaciones y transcurrido el lapso de los quince (15) días hábiles, mas dos (02) días continuos contados como termino de la distancia, de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 94 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. En consecuencia, este Juzgado da inicio al lapso para la Contestación del aludido Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, la cual deberá realizarse por escrito dentro de los quince (15) días de despacho de la presente fecha inclusive, según lo dispuesto por el primer aparte del artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Cúmplase.-
La Juez,


Abog. NEYLA C. QUINTANA V.

La Secretaria,




Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.






Exp. Nº JP41-G-2025-000061
NCQV/DDABS/djvf