REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de mayo de dos mil veintiséis (2026)
216º y 167º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº: 2025-273 nomenclatura del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante oficio Nº: 2026-0213, de fecha veintiocho (28) de abril de dos mil veintiséis (2026), contentivo del Recurso de Nulidad interpuesto por la Abogada María Luisa RAMÍREZ MORGADO (INPREABOGADO Nº 87.664), en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana TANIA COROMOTO CAMPOS (Cédula de Identidad Nº V-13.576.589), contra la Resolución Nº 457-2016, emitida por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha ocho (08) de abril de dos mil veintiséis (2026), la cual declaró: “…1. Su COMPETENCIA para conocer la Consulta de Ley (…) de la sentencia de fecha 28 de septiembre de 2017 (…). 2. NO PROCEDE LA CONSULTA obligatoria de la decisión de fecha 28 de septiembre de 2017 (…) que declaró “CON LUGAR” la demanda de nulidad interpuesta, por lo cual se declara FIRME la misma…”. En consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes. Dicho expediente está conformado por una (01) pieza principal, constante de ciento noventa y ocho (198) folios útiles, un (01) expediente administrativo y un (01) cuaderno de medidas respectivamente.
La Juez,



Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,


Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. JP41-G-2017-000003
NCQV/DDBS/djmr