REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintiuno (21) de septiembre de dos mil veintiséis (2026)
216º y 167º
De la revisión de las actas que conforman este expediente, se evidencia, este Juzgado Superior advierte que, contra la decisión Nº PJ01020260000058 dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha cuatro (04) de septiembre de dos mil veintiséis (2026), en la presente Acción de Amparo Constitucional, no se interpuso recurso alguno, por tanto se declara DEFINITIVAMENTE FIRME el referido fallo.
La Juez,
Abog. NEYLA C. QUINTANA V.
La Secretaria,
Abog. DIAMANTE DE LOS A. BARRIOS S.
Exp. Nº JP41-O-2026-000005
NCQV/DDBS/Eloh