´´´En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente asunto.
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCION AGRARIA, peticionada por los ciudadanos LUIS JOEL CHÁVEZ GARCÍA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.920.702, Productor Agropecuario, residenciado en el sector rural Las Campechanas, Parroquia Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante, del Estado Bolivariano de Guárico, y EDUARDO CELESTINO BELISARIO GARCIA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.375.240, debidamente asistidos por la ciudadana Abogada FRANCIA PIÑERUA DE VEGAS venezolana, mayor de edad, titular de la cédu.....