En consecuencia, por las razones precedentemente señaladas, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad absoluta del auto dictado por este Juzgado el día Doce (12) de Enero de 2011.
SEGUNDO: Se REVOCA la designación del ciudadano FRANCISCO CEDEÑO, de fecha 21 de Diciembre de 2011, como experto en la presente causa, y se DESIGNA al Banco Central de Venezuela como experto contable, para que realice la mencionada experticia, para lo cual se ordena su notificación mediante oficio con la remisión de la menciona decisión y del presente auto. Líbrese oficio respectivo. Cúmplase.
TERCERO: Visto que la parte demandada es un instituto del Estado se ordena la notificación de la presente decisió.....