-IV-
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y ESTADO MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por decaimiento de la acción, correspondiente a la solicitud de MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROTECCIÓN A LOS CULTIVOS, requerida por el ciudadano FERNANDO VALDERRAMA MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado La Mata, Sector Colina Baja, Final calle Froilan Zambrano, Casa Nº .18, Ocumare del Tuy, Municipio Tomas Lander, Estado Bolivariano de Miranda, de oficio agricultor, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 23.628.678, debidamente asistido por la abogada BARBARA CESAR y por consiguiente la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por pérdida del interés procesal del solicitante.
SEGUNDO: En vista de la declaratoria, se ordena la notificación de la par.....