A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal de conformidad con el artículo 50 del Código de Procedimiento Civil, declara la INCOMPETENCIA SOBREVENIDA, dado el valor de la reconvención propuesta, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO siguen los ciudadanos JUAN JOSE PARRA NAVA, YURAMAY CAROLINA PARRA de DECANIO, MARIO SANTIAGO DECANIO BRAVO y YANIELA PARRA CARRASQUERO, contra la sociedad mercantil MENS STYLES BARBER SHOP, C.A., ya identificadas, y por tanto, declinó su conocimiento en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; ordenando la remisión del expediente en su forma original, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) del Circuito Judicial correspondiente.