DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y EXTINGUIDO EL PROCESO en el presente Juicio y así se decide.
Con respecto a la tercería interpuesta en el presente juicio, la cual riela al folio 32 al 43, recibida por este Tribunal en fecha 25- 06 del 2008, el Tribunal considera innecesario pronunciarse sobre la misma, en virtud de la extinción de la instancia decretada, así mismo se deja sin efecto el decreto dictado en el presente juicio, y acuerda oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Pedro Zaraza, El Socorro y Santa Maria de Ipire de esta misma Circunscripción Judicial, participándole lo.....