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Decisiones del dia 01/08/2006 |
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N° Expediente :
1801
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N° Sentencia :
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Fecha: 01/08/2006 |
Procedimiento: Inadmisible |
Partes: ABOGADOS MARÍA CAROLINA MORONTA RODRÍGUEZ Y MATÍAS GUZMÁN CÁCERES, DEFENSORES DEL IMPUTADO DE AUTOS JONATHAN MATIAS GUZMÁN TORREALBA |
Resumen:
DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto anteriormente, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los Abogados María Carolina Moronta Rodríguez y Matías Guzmán Cáceres, en su caracteres de defensores del imputado de autos JONATHAN MATIAS GUZMÁN TORREALBA, en fecha 11 de julio de 2006, en contra de la decisión dictada en fecha 04 de julio de 2006, por el Juzgado Cuadragésimo Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaro sin lugar las excepciones opuestas, contenidas en el numeral 4 literales “i” y “e” del artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal, a tenor del contenido de los artículos 447 numeral 2º y 437 literal c, ejusdem.
2.- Declara INADMISIBLE e.....
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Juez/Ponente:
Beatriz Marín de Odreman
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Organo:
Corte de Apelaciones 1
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N° Expediente :
40032
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N° Sentencia :
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Fecha: 01/08/2006 |
Procedimiento: Ejecución De Hipoteca |
Partes: BANCARIBE CURACAO BANK VS. INMOBILIARIA 88 S. A. |
Resumen:
En conclusión, la jurisprudencia emanada del Tribunal Supremo de Justicia, en sintonía con la norma específica, ha considerado que la decisión que resuelve el reclamo contra la experticia complementaria del fallo es también una sentencia definitiva. En consecuencia, el lapso de interposición del recurso de apelación es de cinco (5) días de despacho siguientes a que sea dictada y debe ser oído en ambos efectos, independientemente de que conozca de la causa la jurisdicción civil o la mercantil. ASÍ SE DECIDE.
Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal oye en ambos efectos la apelación ejercida en fecha 12 de junio de 2006 por la apoderada judicial de la parte demandada ciudadana MARÍA VERÓNICA MATEHUS DOMÍNGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 85.025, contra la decisión definitiva de fecha 02 de junio de 2006, la cual fue ejercida tempestivamente. Se ordena remitir el presente expediente mediante oficio al Juzgado Superior Distribuidor de turno en lo C.....
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Juez/Ponente:
María Rosa Martínez
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Organo:
Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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