Se dictó RESOLUCIÓN mediante la cual este Tribunal DECLARO CON LUGAR el DIVORCIO, según solicitud de conversión presentada por los ciudadanos JEINY ELYNOIS GUERRERO HERNANDEZ y LUIS ALFREDO GRATEROL RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.929.393 y V-12.718.461, respectivamente, debidamente asistidos por la ABG. DIXIE MORELBA CHAPELLIN FREITE, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro 95.003, conforme a lo previsto en el último aparte del artículo 185 del Código Civil. Igualmente se HOMOLOGO lo acordado por los solicitantes en cuanto a las instituciones familiares de la niña SE OMITE LOS DATOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA.-