Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre los ciudadanos VÍCTOR HUGO PERNÍA JAVIER y MARY PIER MARTINS QUINTERO, quienes son venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V.-17.427.166 y V-17.143.493, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos por ante el Registro Civil de la Parroquia Leoncio Martínez, Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 21 de noviembre de 2014, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 410, Tomo 2 de los Libros de Registro de Matrimonios respectivos. Liquídese la comunidad de gananciales en los mismos términos expuestos por los solicitantes en el escrito .....