REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dos (02) de febrero 2010.
Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
Por recibida y vista la Solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes, presentada en fecha veintinueve (29) de enero de 2010 ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Civil del Área Metropolitana de Caracas, por los ciudadanos TONY YOUNES MANSOUR y KAREN ALEXANDRA RIVERO WOOD, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-16.431.535 y Nº V-11.227.724, respectivamente, debidamente asistidos por la Dra. SOL ARIAS DE RIVAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-3.978.912, abogada en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el Nº 10.615; el Tribunal le da entrada y ordena anotarla en el libro de solicitudes llevado por.....