III
Dispositiva
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros; de conformidad con el artículo 253 constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL CIVIL, existente entre los ciudadanos: GREGORIO RAFAEL VALLENILLA Y MARILIN SOLEDAD MEDINA SCOTT, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.125.834 y V-12.461.469, respectivamente, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, en fecha 01de Febrero de 2019, tal y como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 018, del año 2019, que riela del folio 05 y 05 vuelto .....