DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO y, en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que unía a los ciudadanos ALBERTO MARTINEZ MARCOS y LISETTE CONCEPCION SAN MARTIN GUILLEN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.178.991 y 3.812.685 respectivamente, contraído en fecha 17 de marzo de 2001, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda, según acta de Matrimonio Nº 85.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DEJASE COPIA.
Notifíquese a la Prefectura del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda y al Registrador Principal del Municipio Libertador del Distrito Capital.
Dada, Firmada y Sellada en la sala de Despacho de éste Juzgado Vigésimo Tercero de Muni.....