"...En mérito de las consideraciones precedentes, este TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de Divorcio Contencioso incoada por el ciudadano MARCO ANTONIO PAREDES CRUZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-26.861.537, en contra de la ciudadana MARÍA FERNANDA LEAL DE FREITAS BETTENCOURT, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. E.-81.719.196, de conformidad con el ordinal 3° del artículo 185 del Código Civil Venezolano. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre el ciudadano MARCO ANTONIO PAREDES CRUZ y la ciudadana MARÍA FERNANDA LEAL DE FREITAS BETTENCOURT, el cual fue contraído por ante .....