En virtud de los razonamientos anteriormente realizados, este Tribunal Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana ALÍ JOSEFINA ARROYO APONTE, contra las empresas POLLO ASADO DELICIAS DE CATIA, C.A. y CENTRO RESTAURANTE EL EMPERADOR (C.A.) SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada a pagar a la actora la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLIVARES CON CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 277.858,44), por los conceptos establecidos en la motiva del presente fallo. TERCERO: Se ordena la designación de un solo experto contable, cuyos honorarios correrán por cuenta de la demandada, a fin de que determine los intereses sobre prestación de antigüedad, los int.....