Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA, CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRABAJO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia Civil, administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DE DE PARTIDA DE NACIMIENTO solicitada y en consecuencia se ordena asentar correctamente en la Partida de Nacimiento de la ciudadana YNGRID JOSEFINA AQUINO INFANTE, el nombre de la madre como, JOSEFINA INFANTE DE AQUINO como aparece en los libros de Registro Civil de nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio Autónomo Francisco de Miranda del Estado Guárico, bajo el N° 712, folio 353 vto, de fecha 26 de Mayo de 1965, quedando así rectificada la misma CUMPLASE, públiquese, regístrese y déjese copia certificada. Enviense copias de esta decisión a los funcionarios del Registro Civil correspondiente, para que conforme al A.....